La nueva Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial en España beneficia a los ciclistas y es más dura para los conductores

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La nueva Ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial ha sido aprobada por el Congreso de Diputados. Entre los cambios más llamativos en la normativa se encentran una serie de medidas que benefician a los usuarios vulnerables como los ciclistas.

Por ejemplo, parar o estacionar en un carril de bicicleta será considerado como una infracción grave que puede acarrear una multa de 200 euros. Estas son las novedades:

Más seguridad en los adelantamientos a ciclistas

Hasta ahora, la norma dictaba que los autos podían adelantar a los ciclistas manteniendo una distancia mínima de 1,5 metros, para lo que se puede ocupar el carril contrario o contiguo

Esta medida se mantendrá, pero se añade que en las carreteras que se disponga de un carril por sentido, se deberá cambiar de carril obligatoriamente, es decir, una distancia aún mayor.

El artículo 35.4 de la Ley de Tráfico que informa las normas de adelantamiento a ciclo queda de la siguiente forma:

El conductor de un vehículo que pretenda realizar un adelantamiento a un ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, debe realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros, salvo cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido, en cuyo caso será obligatorio el cambio completo de carril.

Multa de 200 euros y seis puntos del carnet

Las personas que adelanten a un ciclista de forma indebida entorpeciendo su circulación se exponen a la retirada de seis puntos del carnet, a diferencia de los 4 que supondría anteriormente.

Si no se adelanta correctamente supone una infracción grave, según el artículo 76 c:

Incumplir las disposiciones de esta ley en materia de preferencia de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación”.

El incumplimiento de la norma supondrá 200 euros de multa, añadiéndose al codificado de sanciones.

Deberán circular por el centro del carril

Otra modificación tiene que ver por cómo van a circular los ciclistas, la propuesta consiste en que estos lo hagan por el centro del carril.

El artículo 15 de la normativa tipifica lo siguiente:

Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías objeto de esta ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, con las excepciones que reglamentariamente se determinen, manteniendo en todo caso la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

Prohibido parar o estacionar en un carril bici

Esta ley incorpora la modificación de la tabla de infracciones graves, acciones parar o estacionarse en un carril de bicicleta, por lo que la sanción será de 200 euros. La ley estipula lo siguiente:

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Parar o estacionar en el carril bus, en carriles o vías ciclistas, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.

El objetivo de la nueva Ley de Tráfico es reducir la siniestralidad en los usuarios vulnerables, pues los datos de estos son preocupantes. Un balance recoge cifras del 80% de fallecidos se trató de conductores vulnerables.

Redacción Gossip Vehículos Fuente: Motorpasion