España: A partir del 1 de enero estos espacios públicos tendrán que instalar cargador de auto eléctrico

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El Gobierno español tiene la tarea de impulsar la movilidad eléctrica, pero para ello debe atender la falta de infraestructura de recarga en el país.

En ese contexto, la autoridad aprobó un Real Decreto mediante el cual se detallan las medidas para fomentar dicha movilidad eléctrica. Quizás la más relevante es la obligatoriedad de instalar puntos de recarga para EV en ciertos espacios públicos. La medida entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2023.

100.000 puntos de recarga en 2023

La normativa no se limita a los lugares donde se debe instalar un punto de recarga, sino también la cantidad. Además afecta a los edificios de la Administración General del Estado, para los cuales los requisitos sin incluso más exigentes.

El Gobierno busca generar y ampliar una red de recarga para vehículos eléctricos para satisfacer las necesidades de la población que, por ahora, no confía en la infraestructura. El objetivo es contar con 100.000 puntos de recarga de diferente índole en 2023.

Lugares en los que es obligatorio instalar un punto de recarga para coches eléctricos

Los espacios públicos como supermercados, hoteles, centros comerciales, garajes públicos o centros de trabajos tendrán que instalar cargadores.

Ahora bien, la medida aplica si poseen más de 20 plazas de estacionamiento. La proporción será de un cargador cada 40 plazas. En caso de superar las 1000 plazas, se requerirán 100 puntos de recarga.

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En cuanto a edificios de administración públicas, será de 1 punto de carga cada 20 espacios para los estacionamientos de más de 500 plazas.

Las gasolineras también deben instalar puntos de carga

Las estaciones de servicio también deben hacer algo similar, aunque no todas ellas, ya que los requisitos son diferentes.

  • Establecimientos que superen una venta de 10 millones de litros anuales de gasolina y gasóleo: 1 punto de recarga de potencia igual o superior a 150 kW.
  • Establecimientos que superen una venta de 5 millones de litros anuales de gasolina y gasóleo: 1 punto de recarga de potencia igual o superior a 50 kW.
  • Establecimientos con ventas inferiores a 5 millones de litros anuales de gasolina y gasóleo, pero que lideren las ventas de las provincias, islas o ciudades autónomas en las que están situadas: 1 punto de recarga de igual o superior a 50 kW.

Redacción Gossip Vehículos Fuente: Motor,es